El pasado 20 abril, la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas resolvió no hacer lugar a la concesión de los recursos de casación presentados en el marco del expediente caratulado “Legajo de Apelación de Lesiuk, Hugo Orlando y Zaza, Claudio Oscar por Asociación Ilícita Fiscal”.
Al tiempo que añadió: “Creo que hago bien mi trabajo y pienso que por eso me eligieron”.
“Me comí el garrón”
“En la causa se realizaron 34 allanamientos, quince audiencias indagatorias y más de quince audiencias testimoniales. Las defensas presentaron 37 incidentes de nulidad y se han realizado varias denuncias contra los agentes de la Afip tratando de frenar el accionar del organismo”, detallaron oportunamente fuentes judiciales.
También se trabó un embargo por 10 millones de pesos a los integrantes de la asociación ilícita y se dictó el procesamiento sin prisión preventiva de varios de ellos.
En octubre del 2015, la Justicia Federal le otorgó la exención de prisión al contador obereño Eduardo Kuhlmann, previo pago de una caución real de seis millones de pesos que cubrió con bienes personales. De esta forma, el sindicado como cerebro de la asociación ilícita fiscal sospechada de haber facilitado la evasión de 70 millones de pesos abandonó la condición de prófugo que durante dos años y ocho meses lo mantuvo en la clandestinidad.
En aquella ocasión, fuentes judiciales precisaron que “Kuhlmann ofreció bienes inmobiliarios por un valor cercano al 95 por ciento del monto exigido como caución, unos 5.400.000 pesos, por lo que la diferencia restante fue cubierta con dos propiedades por su abogado defensor en calidad de fiador solidario”.
Además del pago de la caución, oportunamente la conjueza Alba Amelia Larraburu le impuso una serie de restricciones “con la finalidad de asegurar la sujeción del encartado al proceso penal”, como la prohibición de abandonar el país.
También debía presentarse dentro de los tres primeros días hábiles de cada mes a la dependencia del Escuadrón 50 Posadas de Gendarmería Nacional y no ausentarse por más de 24 horas del domicilio que fijó como residencia, sin dar noticia expresa a la magistrada, todo bajo apercibimiento de revocarse el beneficio, hacerse efectiva la caución y ordenarse su captura, se citó en la disposición.
(El Territorio – Por Daniel Villamea)
Radio La Cueva Am 1580 – 25 de mayo Misiones
