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Borges había sido denunciado por la ex pareja por violencia de género, aunque en el juicio lo defendió. | Foto: Luciano Ferreyra

Condenado por quemar vivo a un niño apeló la sentencia en el STJ

El hombre condenado a la pena de 18 años de prisión de cumplimiento efectivo por arrojar a un nene de 5 años a un tacho con agua hervida, intento de homicidio de su ex concubina y amenazas de muerte, apeló la sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) que ahora deberá decidir si se abocará a revisarla o la dejará firme.

Se trata de Juan Ademar Borges (48). Desde el inicio de la causa y hasta último momento negó las acusaciones, contando incluso con el aval de quien al momento del hecho era su pareja, Liliana Bueno Da Silva (34). Pero el Tribunal Penal Uno de Oberá se respaldó en los argumentos de la acusación de la fiscal Estela Salguero para imponer la condena.
Fue el defensor oficial Rolando Godoy quien, apoyado en las mismas consideraciones con las que pidió la absolución de su defendido durante el debate, acudió a la instancia superior donde pretende demostrar que la sentencia condenatoria carece de elementos probatorios. Insiste con la inocencia de Borges.

Mañana fatídica

El domingo 13 de agosto de 2017 -según se reconstruyó- Borges y Liliana Bueno Da Silva (34), quien por entonces era su concubina, fueron a la casa de Juliana Siñori (32) -madre del pequeño herido- en el paraje 2 de Abril de El Soberbio, donde tenían previsto faenar un cerdo.
El día siguiente la pareja comenzó a discutir desde temprano, según declaró la anfitriona. Carnearon el animal, almorzaron y comenzaron a cortar tocino para preparar morcilla, circunstancia en que la discusión cobró un cariz dramático. Borges persiguió a su pareja para apuñalarla y como no pudo por la intervención de Siñori tomó al pequeño y lo tiró adentro de una olla con agua hirviendo que tenían en el patio.
La agresión dejó al pequeño al borde de la muerte, ya que padeció quemaduras en el 70 por ciento del cuerpo y tuvo que ser internado en terapia intensiva del hospital de Pediatría. Tras meses de curaciones se recuperó aunque le quedaron cicatrices de por vida.

Pedido fiscal

La fiscalía apoyó el pedido de condena (18 años) en el testimonio de Siñori, quien ratificó que ese mediodía Borges comenzó a discutir con Bueno Da Silva, trató de apuñalarla y en un momento dado tomó a su hijo Michael y lo arrojó adentro de un tacho con agua hirviendo.
Salguero también se refirió a la declaración de la hermana de 11 años de la víctima, quien en Cámara Gesell contó que Borges quemó al niño. En tanto, si bien el hermano de 18 no presenció el hecho, contó que luego el imputado amenazó de muerte a su familia.
La fiscal también remarcó el testimonio del médico forense Luis Nicolás Ruiz Díaz, quien explicó que por el tipo de lesiones la criatura tuvo que ser introducida al agua hirviendo, descartando la versión del accidente que buscó imponer Borges.
“El acusado tiene antecedentes de violencia, como reconoció su ex concubina, quien incluso en alguna oportunidad le solicitó ayuda a Siñori. Y ese día no logró su cometido de asesinar a su pareja porque Siñori lo evitó, pero lastimó al niño”, aseguró Salguero.

Condena apelada

Borges fue condenado por “homicidio agravado por la relación de pareja en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa, y amenazas en concurso real” pero desde el principio desestimó las acusaciones e incluso llegó a decir que ese día hasta el nene de 5 años y su hermana de 11 tomaron caipiriña.
En tanto, argumentó que la madre de la víctima lo acusó injustamente porque él ayudó al chico al notar que se había lastimado. “Cuando pasó eso yo estaba del otro lado de la mesa cortando tocino, los chicos estaban corriendo y tumbaron el tacho. Yo corrí para ayudar al nene, le agarré y le saqué la ropita de él”, mencionó en su declaración.
Reconoció que discutió con su pareja aunque negó que haya intentado matarla y en tal sentido afirmó que en los meses posteriores Bueno Da Silva lo visitó en su lugar de detención.
Negó las amenazas y posterior fuga. “Le fui ayudar a un señor a plantar tabaco porque hasta ese momento pensaba que fue un accidente. No sabía que me buscaban”, señaló. “Pienso que (Siñori) me acusó para quedarse con animales y cosas mías que quedaron allá”, agregó.
Sobre eso el defensor oficial Rolando Godoy insistió con la pericia de Borges para faenar grandes animales, con lo que intentó graficar que de haber querido no hubiera tenido inconvenientes en asesinar a las mujeres y a las criaturas.
Sobre la versión de la hermana de la víctima en Cámara Gesell, opinó que “seguro que fue instruida por la mamá para decir que Borges introdujo al menor en el tacho. La madre del menor armó una versión de acuerdo a sus necesidades, además del beneficio económico que derivó de la detención de Borges por los animales y otras pertenencias que quedaron en la chacra”, indicó antes de solicitar la absolución que no prosperó pero, bajo esos mismos argumentos ahora acudió a Casación.

En cifra

18

Borges fue condenado a 18 años de cárcel por homicidio agravado por la relación de pareja en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa, y amenazas en concurso real.

 

 

(El Territorio – Por Cristian Valdez)

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