La disposición publicada en el Boletín Oficial prohibió la venta de estos productos en todo el territorio nacional.
Este lunes la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización en todo el país de un alcohol etílico y de un limpiador líquido antibacterial y desinfectante.
El organismo expuso entre los considerando que el limpiador indica que “su rotulado carecía de datos que identificaran su elaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran a dichos datos identificatorios”.
Con respecto al alcohol etílico señaló que “el rotulado refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/fraccionador así como de su pertinente registro sanitario y que verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes de superficies ni en trámite de registro ante esta Administración Nacional que respondieran a dichos datos identificatorios, por lo cual se encuentra falsamente rotulado”.
Ante esto la ANMAT sostuvo que se trata de «productos ilegítimos, que declaran datos no veraces en su rotulado y de los cuales se desconoce su efectivo origen y composición».
Es por este motivo que no se puede garantizar la «calidad, seguridad y eficacia situación que resulta en un riesgo alto para la salud de la población teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización”.
(Minuto Uno)
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