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San Pedro reformará su Carta Orgánica y elegirá concejales este año

La renovación parcial del Deliberativo estaba judicializada, pero tres ediles cederán voluntariamente su espacio.

El Concejo Deliberante de San Pedro llamó a reformar 19 artículos de la Carta Orgánica Municipal y las Clausulas Transitorias. Además, derogó los artículos 1 y 2 de la Ordenanza 6/2020, sancionada el 28 de abril del año pasado, y habilitó el llamado a elecciones para renovar la mitad de los ediles.

En concreto, en junio se van a renovar tres bancas que quedarán vacantes voluntariamente. Es que el llamado a elecciones de medio término que indica la Carta Orgánica estaba judicializado por los concejales debido a la mala redacción de varios artículos. Para salvar la situación, tres ediles decidieron por acuerdo ceder sus bancas a fin de que puedan ser sometidas a elecciones el próximo 6 de junio.

En la sesión ordinaria del martes por la noche se aprobó por unanimidad el Acta Acuerdo N°04/2021 mediante el cual Juan Pablo Frayd (del Frente PAyS), Sonia Raquel Antúnez y Cintia Tamara Steffen (ambas del Frente Renovador) cedieron voluntariamente sus bancas a fin de que el Concejo pudiera aprobar el llamado a elecciones de medio término para la renovación de la mitad de las bancas, como indica la Carta Orgánica que entró en vigencia el 10 de diciembre del 2019.

Al mismo tiempo se derogaron los artículos 1 y 2 de la Ordenanza 6/2020, aprobada el 28 de abril del año pasado, que establecía la no renovación de la mitad de las bancas.

El acuerdo también implica la reforma de 19 artículos de la Carta Magna municipal que fueron cuestionados por no tener en claro su redacción o bien tener contradicciones con otros artículos.

Se trata de los artículos 161, 168, 172, 178, 182, 211, 212, 232, 235, 236, 242, 284, 293, 294, 295, 296, 297, 298 y 299 y Cláusulas Transitorias.

La convocatoria a elección de Convencionales Constituyentes Municipales deberá hacerse juntamente con las elecciones provinciales, el próximo 6 de junio, para lo cual “el Departamento Ejecutivo Municipal deberá adherirse al Decreto Provincial N°95 de fecha 29 de enero de 2021, en los términos del art. 3 de la referida norma”, establece el artículo tres de la ordenanza aprobada el martes pasado.

La Honorable Convención Constituyente se compondrá de un número de miembros igual al que integran el Honorable Concejo Deliberante. Su elección se hará por el sistema de representación proporcional y para la elección se postularán 7 (siete) miembros titulares y 4 (cuatro) suplentes. Para ser convencional rigen los mismos requisitos e inhabilidades previstos para los concejales. El cargo de Convencional Municipal Constituyente es compatible con cualquier otro cargo público nacional, provincial o municipal que no sea el de Intendente, juez administrativo municipal de faltas, jefe de policía, secretarios y directores generales del municipio”, establece el artículo cuarto.

Los Constituyentes tendrán un mes para realizar la reforma, plazo que solo podrá ser prorrogado una sola vez por el mismo termino de tiempo.

 

(P.E.)

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