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Fallo fotomultas: “no hay nada más constitucional que todo aquello que se pueda hacer para salvar vidas”

En un texto en el cual la Asociación Civil Luchemos por la Vida sentó postura sobre el tema titulado “¿Es inconstitucional pretender salvar vidas?” se indica que “las cámaras deben multiplicarse con una intencionalidad preventiva, como la herramienta más eficaz adoptada internacionalmente”.

 

Para la Asociación Civil Luchemos por la Vida, la noticia de un Juez Federal (Nº 2 de Entre Ríos, Daniel Alonso, – N de la R) que habría declarado la inconstitucionalidad de las fotomultas “sorprendió en los medios”.

Entonces consideraron necesario “aclarar” que, visto el fallo -del juez entrerriano-, “en realidad, declara la inconstitucionalidad de una Ley provincial en cuanto sería contraria a la Ley Nacional de Tránsito, y no la inconstitucionalidad de las fotomultas”.

Pero la entidad agrega que “no obstante, el Juez (entrerriano) descalifica en su fallo al control fotográfico de la velocidad”, como “sistema incapaz de actuar como preventivo de la siniestralidad vial”

Fue entonces que Luchemos … fue contundente al señalar que “nada más lejos de la verdad”. Y recordó que “los países exitosos en seguridad vial multiplican extraordinariamente sus cámaras desde hace décadas, atribuyendo a dichos controles haber ayudado a reducir sus muertos en el tránsito en un 15/20%”.

En un texto en el cual la Asociación sentó postura sobre el tema titulado “¿Es inconstitucional pretender salvar vidas?” se indica que “las cámaras deben multiplicarse con una intencionalidad preventiva, como la herramienta más eficaz adoptada internacionalmente -trabajan 24 horas controlando muchísimos vehículos al mismo tiempo, son inequívocas y no se distraen ni aceptan coimas (SIC)- para luchar contra la causa más importante de muertes en autopistas, rutas y avenidas: el exceso de velocidad”.

“Eso sí -advierte-, evitando las cámaras ´cazabobos en lugares arteros que huelen más a intención recaudadora que a salvar vidas”, manifiesta en el comunicado.

En uno de los últimos párrafos del escrito, Luchemos por la Vida enfatiza que “ayudaría mucho a su eficacia preventiva que se obligue legalmente a la notificación en un plazo breve, a fin de ayudar al infractor a cambiar prontamente de conducta, evitando la repetición del exceso de velocidad, ya por ignorancia de su acción o de haber sido infraccionado”.

Finalmente, sentencia que “no hay nada más constitucional que todo aquello que se pueda hacer para salvar vidas, ¡y muchas!”.

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