Leandro Rodríguez Lastra fue condenado a un año y dos meses de prisión en suspenso. Además, recibió una pena de dos años y cuatro meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
El juez Álvaro Meynet condenó al ginecólogo cipoleño “provida” Leandro Rodríguez Lastra a la pena de 1 año y dos meses de prisión en suspenso. También se dispuso la inhabilitación para ejercer la medicina por obstruir un aborto legal durante un plazo de dos años y cuatro meses.
Rodríguez Lastra fue condenado por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público tras encontrarlo autor penalmente responsable de la obstrucción de un aborto legal a una joven víctima de violación en abril del 2017. En ese entonces, Rodríguez Lastra se desempeñaba como jefe del servicio de Ginecología del hospital de Cipolletti, y no estaba registrado como objetor de conciencia.
Según expresó el magistrado, la inhabilitación especial imposibilitará a Rodríguez Lastra el ejercicio de cualquier cargo electivo en el ámbito público y cargos designados por autoridad administrativa. Es decir que, si el fallo queda firme, no podrá ejercer como médico en ningún hospital público ni asumir compromisos como diputado. Sí estará autorizado a prestar servicios en el ámbito privado.
Exigen endurecer la inhabilitación
La diputada Marta Milesi, quien impulsó la investigación contra Rodríguez Lastra, reclamó -según publicó LmCipolletti- que la inhabilitación implique también el ejercicio en el ámbito privado. “Como autora de la ley sé cuál es el espíritu, y aplica para toda la salud. No hay diferencia entre un privado y un hospital. Si la mujer violada y embarazada tiene obra social y concurre a un privado, la ILE se tiene que realizar”, expresó Milesi.
Por otro lado, la defensa del médico adelantó que apelará la decisión. En tanto, la fiscalía anticipó a Página 12 que estudia presentar una impugnación porque la condena no consideró la violencia obstétrica a la hora de establecer una pena.
(LVM)
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