Según confirmó el juez Correccional y de Menores Nº 1 César Raúl Jiménez, el juicio oral que deberá enfrentar el exalcalde Cristóbal Barboza se llevará adelante recién después de marzo de 2017.
TODAVÍA NO. Barboza está en libertad y le quedan unos meses de tranquilidad al exalcalde antes de enfrentar la decisión final de la justicia.
El juicio oral se realizará el año que viene – según afirmó Jiménez- ya que en lo que queda de este año no hay tiempo para los trámites procesales previos a la instancia definitoria, mientras que el año entrante habrá que superar primero la feria judicial.
El juzgado de instrucción 5 de Leandro N. Alem culminó la instrucción formal y elevó a la instancia de juicio oral y público la causa que se le siguió al exfuncionario quien, fuertemente alcoholizado, chocó la camioneta oficial de la Municipalidad contra el auto del remisero Alberto Mario Andersson, quien perdió la vida en forma instantánea el pasado 19 de junio sobre la ruta nacional 14. El expediente llegará en breve al despacho de Jiménez, magistrado encargado del juzgamiento en los accidentes de tránsito.
Barboza estuvo suspendido por el Concejo Deliberante casi 60 días en su cargo y luego regresó a la jefatura comunal, tras zafar de la destitución, ya que pese al escarnio público nacional, contó con el apoyo de los ediles de la renovación. Para superar esta situación, la Legislatura provincial aprobó la intervención del municipio y el “mencho” Barboza finalmente tuvo que abandonar el cargo, que quedó en manos del interventor Waldemar Wolemberg.
Llamado a elecciones
También quedará para 2017 el proceso para elegir a un nuevo alcalde que complete el mandato trunco de Barboza.
El Tribunal Electoral tomó conocimiento de que las elecciones para definir al reemplazante se realizarán en simultáneo con las legislativas del año entrante, tal lo decidido por el comisionado interventor Waldemar Wolemberg mediante el Decreto N° 2.
Según publicó el organismo en el Boletín Oficial del lunes, como la decisión de Wolemberg quedó ratificada, y “resultando condicionado a la convocatoria previa del Poder Ejecutivo Provincial, el cual daría una fecha cierta a los comicios convocados por el Municipio en cuestión”, corresponde “diferir el tratamiento para el momento en se produzca tal condición”.
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