La Justicia rechazó el recurso de apelación presentado por el destituido intendente de General Urquiza Jorge Ricardo Enríquez.
Al ser desplazado de su cargo, en septiembre de 2016, el entonces jefe comunal había solicitado la nulidad de las actuaciones realizadas por el Concejo Deliberante que conformó una Comisión Investigadora.
Los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazaron los planteos y de esta manera, queda firme lo resuelto por los ediles que, además de desplazarlo, nombraron como intendenta interina a la entonces presidenta del Deliberativo Fátima del Carmen Cabrera, quien desde entonces ocupa ese cargo.
En el cuestionamiento a Enríquez participaron la citada Cabrera, Viviana Barreto, Carlos Hernández, Ramón Donato Troche y José Ptaszenzuk.
De manera oficial, el STJ remarcó ayer que la sentencia deja en claro que el accionar de los concejales estuvo de acuerdo a las normas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades.
Por ello, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de amparo del ex intendente de General Urquiza, dejando firme la resolución de la destitución.
Las irregularidades
Los ediles encontraron culpable al alcalde de graves transgresiones, de mal desempeño de sus funciones, reiteradas inconductas y malversación de fondos públicos.
Además, aplicaron la inhabilitación a Enríquez para ocupar cargos electivos durante el período de cuatro años.
Enríquez fue acusado de emitir cheques sin fondos, se le cuestionó que destinaba a otros usos el dinero proveniente del Fondo de la Soja y que no contaba con la actuación de un contador que avalara las acciones administrativas, además de no haber presentado los balances durante toda su gestión.
Esto último además fue confirmado por el Tribunal de Cuentas,que detalló que el alcalde no sólo no cumplió con presentar el balance especial del 2011, tampoco desde entonces y hasta 2015.
Tras ser destituido, se comprobó que Enríquez hacía extensión de cheques de la comuna con la promesa de un pago a futuro. Esto es la llamada bicicleta financiera.
Además, según las quejas de los vecinos, no dejaba asentado el pago de las patentes. Esto hizo que se registraran numerosos reclamos que debió resolver la actual administración.
La apelación
Enríquez había presentado un recurso de apelación solicitando la nulidad de las actuaciones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Urquiza. Argumentó para ello una serie de supuestos errores cometidos en el proceso de conformación de la Comisión Investigadora y los pasos subsiguientes que dieron como resultado la presentación de la resolución que indicaba su destitución.
Luego de un análisis de las actuaciones administrativas y del proceso de investigación, el STJ determinó rechazar el recurso de amparo y confirmar la resolución de destitución de Enríquez, al observar que en el procedimiento se respetó lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades.
El proceso
A poco más de dos años de haber sido desplazado del cargo, los jueces del STJ emitieron el fallo avalando las acciones desarrollada por el Concejo Deliberante de General Urquiza. Enríquez, en su defensa, había cuestionado que los ediles investigaron una gestión fenecida. Sin embargo, admitió haber librado cheques, que reconoció no tenían fondos y actuaron como garantía de operación comercial, algo que no está permitido para las administraciones públicas. Desde la Comisión Investigadora se dejó aclarado que librar cheques sin fondos por parte de una administración comunal está tipificado como delito penal. Al respecto hay una denuncia administrativa y penal contra el ex jefe comunal.