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Readjudican a inquilinos las viviendas alquiladas ilegalmente por beneficiarios que no terminaron de comprarlas

El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha) lo dispuso por medio de la Resolución Reglamentaria N° 205/18, señalando que se ajusta a los objetivos del organismo de facilitar el acceso a viviendas sociales. Recordó, además, que mientras no se salda el crédito otorgado para la adjudicación de una vivienda, ésta sigue siendo propiedad del Iprodha. Y está expresamente prohibido y calificado como delito el haber dispuesto el alquiler de las viviendas que no terminaron de comprarse por dicho sistema.

La readjudicación también tendrá en cuenta si los inquilinos reunen los requisitos exigidos para el otorgamiento de una unidad habitacional.

TEXTO ORIGINAL DE LA RESOLUCION-REGLAMENTACION HIPRODHA-205-2018

La Resolución Reglamentaria Nº 205/18 Registro Iprodha expresa:

“El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional, cuyo objetivo principal es la promoción y adjudicación de viviendas sociales, destinadas a familias del sector más vulnerable de la sociedad, que no se encuentran en condiciones de acceder a la vivienda única a través del mercado inmobiliario tradicional, ha tenido conocimiento que con el paso del tiempo, el destino dado por algunos adjudicatarios de dichas soluciones habitacionales, han transgredido las normas, a través de su utilización como parte de una actividad lucrativa. Es necesario aclarar que hasta tanto el adjudicatario no cancele las cuotas de amortización de las viviendas sociales entregadas a través del IPRODHA, las mismas son de propiedad del Instituto, y por lo tanto su arrendamiento, entre particulares, configura una actividad delictiva, estipulada en el Art. 173 del Código Penal (defraudación).

“Es por ello, que a través de la Resolución Reglamentaria Nº 205/18, y no sólo en resguardo de la parte más vulnerable sino también de los objetivos del Instituto, el IPRODHA habilita un procedimiento de Regularización de Viviendas Alquiladas de manera ilegal, por el cual se revoca la adjudicación original y se readjudica la vivienda a toda persona y su grupo familiar, que esté en condiciones de demostrar que alquila y habita una vivienda otorgada por el Instituto, siempre y cuando se cumplan con los requisitos básicos de regularización establecidos en las Resoluciones Reglamentarias Registro IPRODHA”. concluyó el documento.

 

(c6)

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